Conducción bajo la influencia de drogas

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Sin duda, las peores consecuencias que puede acarrear la conducción drogada son la muerte o lesiones graves, tanto para el propio conductor y sus acompañantes (en su caso) como para el resto de usuarios que tengan la desgracia de encontrarse en su momento con un conductor irresponsable. Sin embargo, obviamente también hay ramificaciones legales. En España, la conducción bajo los efectos del alcohol está totalmente prohibida y está tipificada como infracción administrativa muy grave e incluso, según el código penal, como infracción contra la seguridad vial cuando se compruebe que las mencionadas drogas tienen un efecto negativo en el conductor.

 

Infracciones administrativas muy graves:

Conducir cualquier vehículo con drogas en el cuerpo (excepto drogas utilizadas bajo prescripción médica y con fines terapéuticos): 1.000 € de multa y 6 puntos en el permiso de conducción.

– Obligación de incumplir las pruebas prescritas de presencia de alcohol y presencia de drogas en el cuerpo: 1.000 euros y 6 puntos en el permiso de conducción.

 

Delitos tipificados en el Código Penal:

Conducir un vehículo a motor o ciclomotor bajo los efectos de drogas venenosas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas (artículo 379.2): Prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos comunitarios de 31 años a 90 días y conducción privación de más de 1 año a 4 años.

Negativa a someterse a prueba de alcohol o drogas (artículo 383): Prisión de 6 meses a 1 año, privación de conducir de más de 1 año a 4 años.

Fuente: https://www.coches.net/noticias/conducir-bajo-los-efectos-de-las-drogas

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