¿Cuándo puedes sobrepasar la velocidad permitida al adelantar?
La DGT nos ha vuelto a recordar una vez más una pregunta que confunde a muchos conductores y que tiene relación con adelantan y el límite de velocidad al hacerlo.
Según decreta en el Reglamente General de Circulación el artículo 51, es posible sobrepasar el límite a la hora de adelantar en 20 kilómetros, pero no en todas las circunstancias. Literalmente el artículo establece «las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano solo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas».
En vías como autopistas, autovías y en vías urbanas, nos recuerda la DGT que está prohibido rebasar el límite de velocidad. Únicamente se podrá rebasar en carreteras secundarias, siempre y cuando no exista una señal que indique un límite específico y que no coincida con el máximo establecido para esa vía.