10 multas «tontas» que nos costarán dinero

Con el objetivo de incrementar la seguridad en épocas de salidas masivas, la Dirección General de Tráfico (DGT) intensifica la vigilancia durante los meses de julio y agosto. La mayoría de infracciones durante esta época están relacionadas con el exceso de velocidad y el consumo de alcohol y drogas.No obstante, hay diversas infracciones menores que se repiten cada periodo estival debido al desconocimiento de los conductores, lo que no exime la sanción. Desde conducir sin camiseta y en chancletas hasta comer o beber al volante. Estas son las sanciones pertinentes por cometer estas infracciones típicas del verano.

1-Comer, beber o maquillarse mientras conducimos…

Comer un sándwich, beber agua o un refresco o maquillarte al volante son acciones que muchos conductores realizan con cierta asiduidad. Pues bien, todas se agrupan dentro de la obligación que, según el artículo 11, apartado 2 de la Ley de Seguridad Vial tiene el conductor de «mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía». Son distracciones y se castigan con multa leve de hasta 100 euros, sin retirada de puntos. La Guardia Civil impone por estos motivos una sanción de 80 euros, que con el descuento se queda en 40. Las distracciones más caras tienen que ver con la tecnología, utilizar cascos, auriculares o hablar por el móvil sin emplear un sistema sin manos conlleva 200 euros y retirada de 3 puntos.

2-Circular con la matrícula sucia o ilegible.

Si eres de los que, por descuido o conscientemente, llevas la matrícula sucia o desgastada impidiendo su lectura o identificación y te «pilla» la Guardia Civil o la autoridad competente de tráfico que corresponda, tienes grandes posibilidades de ser multado con una sanción de 200 euros. Es lo que contempla el apartado 4 del artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial.

3-Tirar un cigarrillo por la ventanilla.

Aunque cada vez resulta menos habitual, todavía hay conductores que deciden tirar el resto del cigarrillo por la ventanilla del coche. Pues bien, «arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación» está prohibido. Y la multa que te impondrán son 4 puntos y te detraerán 200 euros.

4- Dar ráfagas al vehículo de delante.

El uso de las luces para indicar algo, como que se aparte el vehículo de delante, porque queremos adelantarle está prohibido, o para indicar que está la Guardia Civil es sancionable. El Reglamento de Circulación, a través de su artículo 100 prohíbe «el empleo alternativo, en forma de destellos de la luz de largo alcance o de carretera y de la luz de corto alcance o de cruce, con finalidades distintas a las previstas «. La Guardia Civil y las autonómicas imponen una multa de 80 euros.

5- No conectar las luces cuando se debe.

No muchos conductores saben que si circulan por un carril reversible, o por uno en sentido contrario al habitual como en las operaciones de salida o retorno, o en zonas de obras, deben llevar conectadas las luces de cruce. Y los conductores de los carriles contiguos también deben hacerlo. Como máximo se debe circular a 80 km/h y a un mínimo de 60, o menos «si así estuviera establecido o específicamente señalizado». La multa por no hacerlo son 200 euros para todos.

6- Saltarse el semáforo en ámbar.

Se trata de un hecho demasiado habitual en nuestras ciudades, rebasar el semáforo en fase ámbar. Hacerlo nos puede salir tan caro como rebasarlo en fase roja, 200 euros, ahora bien, a diferencia de ésta acción, no conllevará la pérdida de puntos.

7 -No llevar el permiso de conducir.

Si un agente nos solicita el permiso de conducir y no lo llevamos encima, aunque lo tenemos en regla, nos imponen una multa de 10 euros. Pero, normalmente, según nos cuenta Mario Arnaldo de Automovilistas Europeos Asociados, no llegan a tramitar la multa.

8-Se te ha olvidado renovar el permiso.

A diferencia de la sanción prevista para los que tienen el permiso de conducir en regla pero no lo exhiben ante la autoridad competente, la prevista para los que circulan con uno caducado supone 200 euros. «Olvidarse» de renovar el permiso puede salir demasiado caro.

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